馃敹 SE PROHIBIR脕 LA VENTA DE BEBIDAS ALCOH脫LICAS DURANTE LA JORNADA ELECTORAL

Zacatecas, Zac.- Tal y como se establece en el art铆culo 52 de la Ley Sobre Bebidas Alcoh贸licas para el Estado de Zacatecas (LSBAEZ) y en el 238 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas (LEEZ), durante la realizaci贸n de la jornada electoral de este 6 de junio, los establecimientos cuyo giro primordial sea la venta de estas bebidas, sin importar su graduaci贸n, deber谩n permanecer cerrados.

Adem谩s, los establecimientos cuyo giro sea la prestaci贸n de servicios comerciales, gastron贸micos o de hospedaje, deber谩n de suspender la venta de bebidas embriagantes, sin embargo, s铆 podr谩n permanecer abiertos

Desde el a帽o 2017, mediante decreto publicado en el Peri贸dico Oficial, 脫rgano del Gobierno del Estado, se reform贸 la LSBAEZ en su art铆culo 12 Ter que textualmente se帽ala: el Poder Ejecutivo del Estado podr谩 celebrar, convenio de colaboraci贸n, para llevar a cabo las facultades de inspecci贸n, verificaci贸n, vigilancia y sanci贸n a que se refiere esta ley, cuando los ayuntamientos cuenten con la infraestructura y recursos necesarios para llevar a cabo tales funciones.

Por lo cual, desde el 2018, el Gobierno del Estado celebr贸 convenios de colaboraci贸n en materia administrativa de alcoholes con los diferentes ayuntamientos, para distribuir (transferir) la competencia en materia de verificaci贸n, vigilancia e imposici贸n de sanciones que deriven del incumplimiento a la ley, por lo que ser谩n los municipios los encargados de la inspecci贸n.